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    La igualdad de oportunidades es la ley


    Workforce Solutions East Texas (WSET), como receptor de asistencia financiera federal, debe proporcionar el siguiente aviso de que no discrimina por ningún motivo prohibido.


    La igualdad de oportunidades es el aviso legal

    Es contra la ley que este beneficiario de asistencia financiera federal discrimine por los siguientes motivos: contra cualquier individuo en los Estados Unidos, por motivos de raza, color, religión, sexo (incluido el embarazo, el parto y afecciones médicas relacionadas, sexo estereotipos, condición transgénero e identidad de género), origen nacional (incluido el dominio limitado del inglés), edad, discapacidad o afiliación o creencia política, o, contra cualquier beneficiario, solicitante o participante de programas asistidos financieramente en virtud del Título I del Ley de Oportunidades e Innovación de la Fuerza Laboral, sobre la base del estado de ciudadanía del individuo o de su participación en cualquier programa o actividad con asistencia financiera del Título I de WIOA. El destinatario no debe discriminar en ninguna de las siguientes áreas:


     

      Decidir quién será admitido o tendrá acceso a cualquier programa o actividad con asistencia financiera del Título I de WIOA. Proporcionar oportunidades o tratar a cualquier persona con respecto a dicho programa o actividad. Tomar decisiones de empleo en la administración de dicho programa o en conexión con él. un programa o actividad Los beneficiarios de asistencia financiera federal deben tomar medidas razonables para garantizar que las comunicaciones con personas con discapacidades sean tan efectivas como las comunicaciones con otros. Esto significa que, previa solicitud y sin costo para el individuo, los beneficiarios deben proporcionar ayuda y servicios auxiliares adecuados a personas con discapacidades calificadas.

     


    Qué hacer si cree que ha sufrido discriminación

    Si cree que ha sido objeto de discriminación en virtud de un programa o actividad con asistencia financiera del Título I de WIOA, puede presentar una queja dentro de los 180 días a partir de la fecha de la presunta infracción ante:


     

      El Oficial de Igualdad de Oportunidades del destinatario (o la persona que el destinatario haya designado para este fin); o el Director, Centro de Derechos Civiles (CRC) Departamento de Trabajo de EE. UU. 200 Constitution Ave NW, Rm N-4123 Washington, DC 20210 Si presenta su queja ante el destinatario, debe esperar hasta que el destinatario emita un Aviso de acción final por escrito. o hasta que hayan pasado 90 días (lo que ocurra primero), antes de presentar la solicitud ante el Centro de Derechos Civiles (ver dirección arriba).

     


    Si el destinatario no le entrega un Aviso de acción final por escrito dentro de los 90 días siguientes al día en que presentó su reclamo, puede presentar un reclamo ante el CRC antes de recibir ese Aviso. Sin embargo, debe presentar su queja ante la CRC dentro de los 30 días posteriores a la fecha límite de 90 días (en otras palabras, dentro de los 120 días posteriores al día en que presentó su queja ante el destinatario). Si el destinatario le entrega un Aviso de acción final por escrito sobre su queja, pero usted no está satisfecho con la decisión o resolución, puede presentar una queja ante el CRC. Debe presentar su queja ante la CRC dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que recibió el Aviso de acción final.


    Si desea presentar una queja, pregunte por el Gerente del Centro de Soluciones Workforce, o puede comunicarse con:


    Keith Huddleston, Oficial de EEO/Coordinador 504

    Consejo de Gobiernos del este de Texas

    Personal de la Junta de Workforce Solutions del Este de Texas

    3800 camino de piedra

    Kilgore, TX 75662


    o


    Boone Fields, Oficial de EO de WSET

    101 E 15th St, sala 504

    Austin, Texas 78778

    Fax: 512-463-8727


    Divulgación voluntaria para servicios especializados para personas con discapacidad

    La Ley de Estadounidenses con Discapacidades y la Ley de la Comisión de Derechos Humanos de Texas imponen límites a las consultas sobre si un individuo tiene o no una discapacidad y la naturaleza y el alcance de dicha discapacidad. A pesar de dichas limitaciones en las consultas, varios programas federales y estatales están diseñados específicamente para otorgar beneficios y servicios a personas según su estado de discapacidad, tanto veteranos como no veteranos. Si desea que se considere su elegibilidad para dichos servicios, informe a un representante de WSET sobre cualquier información relevante sobre discapacidad. Esta información solo se considerará en relación con las determinaciones de calificación del programa como se describe anteriormente.


    Aunque cualquier miembro del personal de WSET puede ayudarlo, la agencia cuenta con personal específicamente capacitado para atender a veteranos y clientes con discapacidades en caso de que desee recibir estos servicios especializados.


    Las ayudas y servicios auxiliares están disponibles previa solicitud para personas con discapacidades.

    Programa/Empleador de Igualdad de Oportunidades.

    Los clientes sordos, con problemas de audición o del habla pueden comunicarse con Relay Texas: 800-735-2989 (TDD) y 711 (Voice).

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